El juez de la Sala Constitucional Tercera de El Alto denegó la tutela solicitada mediante una acción popular que buscaba dejar sin efecto el Decreto Supremo 5515, al determinar que este recurso no es el mecanismo constitucional adecuado para evaluar la compatibilidad de una norma con la Constitución.
El fallo establece que cualquier análisis de fondo sobre la constitucionalidad del decreto debe ser conocido por el Tribunal Constitucional Plurinominal, mientras tanto la norma sigue vigente.
La acción popular presentada por el abogado Wilmer Vásquez Flores, quien demanda la nulidad de esta norma por considerarla inconstitucional.

