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Decreto Supremo 5693 permite medidas temporales para fortalecer a entidades financieras afectadas por la crisis

El presidente Rodrigo Paz promulgó el Decreto Supremo 5693, que establece medidas preventivas y temporales para las entidades de intermediación financiera que hayan registrado afectaciones en sus niveles mínimos de solvencia debido a la actual coyuntura económica.

La norma tiene como objetivo garantizar la continuidad de los servicios financieros y evitar que las entidades afectadas enfrenten problemas que comprometan su funcionamiento.

El decreto se aplica a las entidades que, al 31 de julio de 2026, hayan sufrido afectaciones en sus niveles de solvencia y que, por situaciones coyunturales, no puedan cumplir temporalmente con el régimen de solvencia establecido por ley.

Una de las principales medidas establece que el Fondo Amplio de Garantía y de Crédito podrá emitir, de manera excepcional y temporal, Certificados de Fortalecimiento Patrimonial a través de sus entidades administradoras.

Estos certificados tendrán una vigencia máxima e improrrogable de 90 días calendario desde su emisión y estarán sujetos a regulación, supervisión y control de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero.

El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas deberá establecer las características de estos certificados mediante una resolución ministerial en un plazo de hasta cinco días hábiles desde la publicación del decreto. Posteriormente, la ASFI tendrá otros cinco días hábiles para emitir las disposiciones regulatorias y contables correspondientes.

La medida fue adoptada bajo el argumento de que la coyuntura económica y social afectó temporalmente los ingresos y la capacidad de generación interna de recursos de algunas entidades financieras.

El Decreto Supremo 5693 fue aprobado el 31 de agosto de 2026 y establece que el Estado busca preservar la estabilidad del sistema financiero y garantizar que la población continúe teniendo acceso a los servicios financieros.

DS56932091NCPP

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