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ASFI explica qué hacer si una cuenta bancaria fue congelada o sufrió una retención

La Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero explicó las principales reglas que se aplican cuando una cuenta bancaria es congelada o se dispone la retención de fondos, ante las consultas generadas por casos de contribuyentes con deudas tributarias municipales.

ASFI aclaró que no es la entidad que ordena estas medidas y que tampoco son dispuestas directamente por los bancos. La instrucción debe provenir de una autoridad competente, de acuerdo con la naturaleza de la obligación. Entre las instancias que pueden emitir estas órdenes están autoridades judiciales, el Ministerio Público, el Servicio de Impuestos Nacionales, la Aduana Nacional, la Autoridad de Fiscalización del Juego y los gobiernos autónomos municipales, a través de sus administraciones tributarias.

Una vez recibida la instrucción, ASFI la canaliza el mismo día a las entidades financieras correspondientes. Los bancos tienen un plazo de 24 horas para ejecutar la orden, conforme al procedimiento establecido.

La autoridad que dispone la retención es la responsable de informar al usuario sobre la medida. Además, la entidad financiera debe comunicar que la retención fue aplicada y proporcionar información sobre su origen, monto y motivo, junto con una copia de la instrucción legal que la sustenta.

ASFI también recordó que determinados recursos tienen carácter inembargable, entre ellos los correspondientes a sueldos, salarios, pensiones, jubilaciones y beneficios sociales, de acuerdo con la Constitución y las leyes, en los términos establecidos por la legislación vigente.

Si una retención afecta recursos que legalmente no pueden ser embargados, la entidad financiera debe actuar conforme a la normativa para su liberación, sin trasladar al consumidor obligaciones que no le correspondan.

Para levantar una retención o descongelar los fondos, la instrucción debe ser emitida por la misma autoridad competente que ordenó la medida. Esa disposición es posteriormente canalizada por ASFI hacia la entidad financiera para su cumplimiento.

La entidad supervisora señaló además que verifica que los bancos cumplan las disposiciones relacionadas con la atención e información a los consumidores financieros y la protección de recursos inembargables. En caso de detectar incumplimientos, puede aplicar procesos sancionatorios y medidas correctivas.

Ante una retención, el consumidor debe acudir primero a su entidad financiera para conocer el origen, monto y motivo de la medida y solicitar una copia de la orden que la sustenta. Si el banco no brinda la información correspondiente o incumple sus obligaciones, puede presentar un reclamo ante la propia entidad.

Posteriormente, el afectado debe acudir a la autoridad que ordenó la retención para resolver la situación. En el caso de obligaciones tributarias municipales, pueden existir mecanismos como los planes de pago, dependiendo de las disposiciones de la administración correspondiente.

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