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Diputados aprueban proyecto de ley de modificación al PGE 2026 y lo remiten al Senado

La Cámara de Diputados aprobó este viernes, en su 146ª Sesión Ordinaria, el Proyecto de Ley N° 425/2025-2026 de Modificaciones al Presupuesto General del Estado (PGE) – Gestión 2026, normativa que incorpora ajustes financieros para distintas entidades del sector público y que ahora será remitida a la Cámara de Senadores para su revisión.

«Habiéndose aprobado en sus dos estaciones, en grande y en detalle, y siendo Cámara de Origen, remítase a la Cámara de Senadores para fines constitucionales de revisión», anunció el presidente de la Cámara de Diputados, Roberto Castro Salazar.

La propuesta incorpora disposiciones referidas a los anticipos financieros para las entidades territoriales autónomas, el uso de saldos de caja y bancos del Sistema Único de Salud Universal y Gratuito, el tratamiento de obligaciones vinculadas al Impuesto Directo a los Hidrocarburos (IDH), la inscripción de recursos específicos y un régimen excepcional para la reorganización, disolución y liquidación de empresas públicas del nivel central del Estado.

Asimismo, contempla medidas relacionadas con el cierre de fideicomisos públicos y la conversión de obligaciones del Fondo para la Revolución Industrial Productiva.

Durante el tratamiento del proyecto, el ministro de Economía y Finanzas Públicas, José Gabriel Espinoza, presentó ante el pleno los fundamentos técnicos del PGE reformulado y explicó que las modificaciones responden a la necesidad de adecuar las proyecciones fiscales y transparentar la situación financiera identificada tras la revisión del presupuesto vigente.

«Los presupuestos del Estado se construyen en un proceso de agregación de abajo hacia arriba, es decir, desde las instituciones que están a nivel territorial, departamental, municipal y demás; obviamente este es un proceso que normalmente se inicia entre junio y julio», explicó la autoridad durante su intervención.

Con la aprobación en Diputados, el proyecto de ley pasa a consideración de la Cámara de Senadores, donde deberá cumplir el procedimiento legislativo correspondiente antes de su eventual promulgación.

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