El Gobierno estableció mediante el Decreto Supremo 5727 una ruta para la reorganización, disolución o liquidación de empresas públicas, con procedimientos, plazos y mecanismos de control para cada caso. La norma no dispone el cierre automático de las compañías estatales, sino que establece que las decisiones deberán sustentarse en diagnósticos técnicos de la Oficina Técnica para el Fortalecimiento de la Empresa Pública, OFEP, y ser aprobadas por el Consejo Superior Estratégico de la Empresa Pública, COSEEP.
La disposición fue emitida después del gabinete virtual encabezado por el presidente Rodrigo Paz desde Estados Unidos y se enmarca en la Ley 1755, de Modificaciones al Presupuesto General del Estado 2026.
Según la evaluación realizada por la OFEP, fueron analizadas 67 empresas públicas y al menos 20 fueron identificadas en situación crítica. Sin embargo, esta clasificación no determina por sí misma que una empresa deba ser cerrada, ya que el diagnóstico contiene recomendaciones sobre la medida que corresponde aplicar en cada caso.
Una vez que el COSEEP apruebe un diagnóstico que recomiende la reorganización de una empresa, el ministerio responsable deberá iniciar las gestiones para aprobar los instrumentos normativos correspondientes.
El decreto establece un plazo máximo de 15 días hábiles, desde la recepción de la resolución del COSEEP, para que el ministerio inicie ese procedimiento. Dependiendo de la forma en que fue creada la empresa, podrá requerirse un nuevo Decreto Supremo o un proyecto de ley.
La norma también establece que las empresas continuarán funcionando mientras se desarrolla un proceso de reorganización. Por tanto, el inicio de este procedimiento no implica la suspensión inmediata de sus actividades.
En paralelo, las investigaciones, auditorías y procesos destinados a establecer posibles responsabilidades administrativas, civiles o penales podrán continuar de manera independiente.
El decreto establece además que una eventual disolución o liquidación no podrá ser paralizada por la existencia de investigaciones o procesos de determinación de responsabilidades. La conclusión de las operaciones de una empresa tampoco exime de responsabilidad a funcionarios o exfuncionarios que hayan participado en su administración.
La aplicación del decreto se produce después de que el ministro de Economía y Finanzas Públicas, Christian Andrés Morales, informara que el Gobierno identificó un primer grupo de empresas cuyo proceso de cierre podría comenzar a gestionarse en el corto plazo.
El ministro explicó que algunos casos requieren procedimientos más complejos debido a la existencia de activos, pasivos, créditos y garantías estatales, mientras que otras empresas podrían avanzar con mayor rapidez.
Hasta el momento, no se identificó públicamente cuáles son las empresas que integran ese primer grupo.





