El Gobierno nacional promulgó el Decreto Supremo 5764, que modifica el cálculo y la distribución de los costos de transmisión de energía eléctrica en Bolivia e introduce ajustes en los parámetros utilizados para determinar el precio del diésel.
Entre los principales cambios, la norma establece que el 100% del peaje de transmisión del Sistema Troncal de Interconexión (STI) será atribuido a los consumos. El monto se calculará en función de la potencia de punta de todos los agentes consumidores.
El decreto también modifica la metodología de remuneración por el uso de las instalaciones de transmisión. Esta estará compuesta por el ingreso tarifario, calculado a partir de las diferencias entre retiros e inyecciones de energía y potencia, y el peaje de transmisión, que resultará de la diferencia entre el costo anual de transmisión y el ingreso tarifario anual.
En cuanto al diésel, la disposición adicional única modifica la definición del parámetro PDiésel, que corresponderá al precio final regulado del combustible para su comercialización en estaciones de servicio y puestos de venta, expresado en dólares por litro. Para su aplicación, deberá convertirse a bolivianos utilizando el tipo de cambio oficial promedio publicado por el Banco Central de Bolivia (BCB).
La normativa también otorga al ente regulador un plazo máximo de cinco días hábiles administrativos, desde la publicación del decreto, para adecuar los valores de referencia de los costos de operación y mantenimiento de la generación eléctrica.
Asimismo, dispone que las empresas filiales y subsidiarias de ENDE Corporación, incluida ENDE Matriz, continúen pagando los créditos recibidos del BCB. Los recursos deberán depositarse en una cuenta de ENDE Matriz destinada exclusivamente a cubrir esos financiamientos.
Las nuevas disposiciones entrarán en aplicación desde la publicación del decreto y regirán para la determinación, el cálculo y la aprobación de los Precios de Nodo.
