Eduardo León sostuvo que el artículo 3 de la resolución ministerial instruía a YPFB verificar la calidad del combustible antes de comercializarlo y consideró que ese aspecto no está siendo tomado en cuenta en la investigación.
El abogado Eduardo León afirmó que la resolución ministerial firmada por el entonces ministro de Hidrocarburos, Mauricio Medinacelli, en el caso de la denominada «gasolina basura», establecía que el combustible debía someterse a controles de calidad antes de ser comercializado, por lo que cuestionó que ese aspecto no sea considerado dentro del proceso que sigue el Ministerio Público.
Durante una entrevista en el programa «DE PRIMERA MANO», León señaló que la investigación se concentra en el artículo de la resolución que autorizó el desprecintado de los recipientes donde se encontraba almacenada la gasolina, pero aseguró que se deja de lado el contenido del artículo 3 de la misma norma.
Explicó que esa disposición establecía que YPFB debía realizar el control de calidad, verificar si el combustible podía ser puesto en circulación y efectuar el proceso de acondicionamiento correspondiente antes de autorizar su venta.
«Lo que no dice el señor Carlos Alarcón es que el artículo 3 de esta misma resolución ordena que previamente se realice el procedimiento para poner en condiciones esa gasolina», manifestó.
En ese sentido, remarcó que la resolución ministerial «no dice abra, desprecinte y ponga a la venta», sino que dispone que sea YPFB la encargada de verificar la calidad del combustible y, una vez incorporados los aditivos y cumplidos los procedimientos técnicos, autorizar su comercialización.
A criterio del jurista, ese elemento cambia la interpretación sobre la actuación de Medinacelli y, por ello, calificó el proceso como un «exceso legal», al considerar que no se está valorando el contenido completo de la resolución ministerial.
León también sostuvo que el caso presenta un componente político. Recordó que días antes de la aprehensión del exministro, el diputado Carlos Alarcón hizo referencia a un informe de una comisión parlamentaria que señalaba a Medinacelli entre los presuntos responsables y afirmó que posteriormente se produjo su aprehensión.
«En política no hay casualidades. Aparece un informe parlamentario y al día siguiente se aprehende al señor Medinacelli», señaló.
Asimismo, indicó que el informe mencionado no fue aprobado por el pleno de la Asamblea Legislativa, por lo que no tiene carácter vinculante, aunque puede servir como elemento para iniciar una investigación.
El abogado cuestionó además que las comisiones legislativas elaboren informes sobre presuntos hechos de corrupción, pero posteriormente no presenten denuncias formales ante el Ministerio Público para impulsar las investigaciones.
«Sería bueno que quienes hacen esos informes presenten una querella y se constituyan en parte del proceso para hacer seguimiento, en lugar de quedarse solamente con el informe», afirmó.
Respecto al desarrollo del proceso, León señaló que la definición de las medidas cautelares corresponde a un juez; sin embargo, consideró que existe un componente político que podría influir en la decisión.
A su juicio, la determinación adoptada por Medinacelli fue una decisión política y no técnica, por lo que sostuvo que también debería analizarse el nivel donde se tomó esa decisión.
Consultado sobre la posibilidad de que la investigación alcance a otras autoridades, León afirmó que existe ese riesgo debido a los antecedentes registrados en otros procesos judiciales en el país. Sostuvo que la permanencia de jueces, fiscales y policías que actuaron en anteriores administraciones genera incertidumbre sobre el manejo de las investigaciones.
Finalmente, cuestionó el avance de los procesos relacionados con presuntos hechos de corrupción de anteriores gestiones y afirmó que las instituciones encargadas de promover las investigaciones no han actuado con la celeridad necesaria para evitar la salida del país de algunos investigados. También criticó la aplicación del arraigo para exautoridades, al considerar que esa medida resulta insuficiente si no está acompañada por acciones judiciales oportunas.
En relación con el caso de Medinacelli, insistió en que la resolución ministerial debe analizarse de manera integral y no únicamente por el artículo referido al desprecintado del combustible, ya que, según reiteró, el propio documento establecía que la gasolina debía superar controles técnicos antes de ser puesta en circulación.
