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SOBOCE presenta una queja por presunto incumplimiento de un fallo constitucional y solicita frenar una condena de Bs 744 millones.

La Sociedad Boliviana de Cemento S.A. (SOBOCE) presentó una Queja por Incumplimiento ante la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, al denunciar que el Auto Supremo N° 1190/2026, emitido el 26 de junio por el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), incumple las directrices establecidas en la Resolución Constitucional N° 136/2025.

En un comunicado, la empresa sostuvo que el nuevo fallo «reproduce las vulneraciones constitucionales previas» y no acata la tutela otorgada por la jurisdicción constitucional. Según SOBOCE, el TSJ «se ha limitado a modificar la redacción argumentativa, manteniendo intacto el sentido decisorio y el daño económico del fallo que ya había sido anulado», vulnerando su derecho al debido proceso y a la defensa.

La cementera cuestionó que el TSJ mantenga una indemnización de Bs 479.224.647 por el concepto de «proyecto de vida», pese a reconocer que dicha figura jurídica no es aplicable a personas jurídicas. A su juicio, el tribunal justificó la decisión señalando que se trató de una «denominación técnicamente impropia», argumento que considera insuficiente y contradictorio con el fallo constitucional.

Asimismo, la empresa rechazó que el monto total de la condena haya sido ratificado en Bs 744.315.432. Según el pronunciamiento, el TSJ sustentó esa cifra en una supuesta actualización del valor por el tiempo transcurrido, «omitiendo fundamentar por qué se incluyó en esta fase y no en la etapa de ejecución».

SOBOCE también denunció presuntas irregularidades procesales durante la tramitación del caso. Entre ellas, afirmó que el TSJ admitió que un recurso de reposición presentado por la empresa nunca fue tramitado, pero decidió no retrotraer el proceso al considerar que esa omisión carecía de «trascendencia anulatoria». Además, cuestionó que el tribunal resolviera directamente una excepción de prescripción sin que hubiera sido analizada por instancias inferiores e incorporara de oficio los artículos 324 y 339.II de la Constitución Política del Estado, que —según la empresa— no fueron debatidos durante el proceso.

Frente a esta situación, SOBOCE solicitó al Tribunal de Garantías la suspensión provisional de la ejecución del Auto Supremo N° 1190/2026 y de cualquier medida coactiva o embargo, mientras se resuelven las acciones constitucionales pendientes. La empresa argumentó que la ejecución inmediata del fallo comprometería su estabilidad financiera, operativa y patrimonial.

En el comunicado, la compañía advirtió además que la aplicación de la sentencia pondría en riesgo el cumplimiento de sus obligaciones laborales y podría afectar las fuentes de empleo directas e indirectas vinculadas a sus operaciones.

SOBOCE sostuvo que el proceso impulsado por FANCESA por supuesta competencia desleal busca «obstaculizar, dilatar y evitar el pago de la indemnización adeudada» por la expropiación de sus acciones, una obligación que, según la empresa, el Estado mantiene pendiente desde hace más de 16 años.

Finalmente, la firma saludó que el Consejo de la Magistratura haya sido convocado para revisar el proceso e instó a la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas y Sociales de la Universidad Real y Pontificia San Francisco Xavier de Chuquisaca, así como a los colegios de abogados del país, a analizar el caso y las decisiones judiciales adoptadas. SOBOCE reiteró que exige el cumplimiento íntegro de las resoluciones constitucionales y afirmó que «la fortaleza del Estado de Derecho radica en que la Constitución Política del Estado y las garantías que ella otorga se apliquen igual para todos».

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