El presidente de la Comisión de Constitución, Legislación y Sistema Electoral, Juan Del Granado, pidió a los actores políticos y sociales encarar la reforma de la Constitución Política del Estado con responsabilidad y dentro de los procedimientos establecidos por la propia Norma Fundamental.
A través de un comunicado, Del Granado sostuvo que el actual proceso debe diferenciar entre una reforma total y una reforma parcial, conforme al artículo 411 de la Constitución. Explicó que una reforma total corresponde cuando se pretende afectar las bases fundamentales, los derechos, deberes y garantías, o la primacía y reforma de la Constitución.
En cambio, señaló que una reforma parcial puede impulsarse mediante iniciativa popular, con el respaldo del 20% del padrón electoral, o desde la Asamblea Legislativa Plurinacional mediante una ley de reforma constitucional aprobada por dos tercios de los miembros presentes. En ambos casos, aclaró, el proceso debe concluir con un referendo aprobatorio.
Del Granado remarcó que la competencia corresponde a la Asamblea Legislativa Plurinacional como órgano y no de manera separada a la Cámara de Diputados o al Senado. Además, cuestionó la utilización de una figura denominada “ley de necesidad de reforma constitucional”, al señalar que esta correspondía al anterior texto constitucional.
“Esto no es una cuestión meramente formal. Cumplir el procedimiento constitucional es una garantía para mantener la paz social”, afirmó en el documento.
El presidente de la comisión también recordó que existe un mecanismo de control constitucional. Explicó que, una vez que la Asamblea notifique la obtención de los dos tercios, el Presidente del Estado o cualquier diputado o senador puede activar ante el Tribunal Constitucional Plurinacional una consulta sobre la constitucionalidad del procedimiento.
Según Del Granado, el TCP puede determinar si el contenido planteado corresponde realmente a una reforma parcial. “Si una propuesta pretende modificar aspectos que, por su naturaleza, corresponden a una reforma total de la Constitución, el Tribunal puede declararla improcedente, total o parcialmente”, sostuvo.
El legislador advirtió además que los temas que sean declarados inconstitucionales por el TCP no podrán ser llevados posteriormente a referendo como parte de esa reforma parcial. Si se pretende modificarlos, señaló, tendría que recurrirse a una Asamblea Constituyente.
“En definitiva, no se trata de impedir que la Constitución pueda ser reformada. Se trata de garantizar que cualquier reforma se haga por la vía que la propia Constitución ha previsto”, afirmó.
Del Granado llamó finalmente a abrir espacios de diálogo y construir consensos sobre los cambios que requiere el país. “La Constitución puede y, cuando corresponda, debe ser reformada. Pero una reforma constitucional solo será legítima y democrática si respeta la Constitución y las reglas que ella misma establece.”

