El exsenador y abogado constitucionalista Carlos Borth consideró “saludable” que se haya abierto el debate sobre una modificación de la Constitución Política del Estado y planteó que el proceso se concentre inicialmente en los aspectos económicos, dejando otros cambios para una segunda etapa.
En entrevista con “De Primera Mano”, Borth sostuvo que la actual crisis económica hace necesario revisar determinadas disposiciones constitucionales que, a su criterio, dificultan la llegada de inversiones y la aplicación de medidas para enfrentar problemas como el déficit de carburantes.
“No es posible encarar las soluciones económicas para la crisis en el país actual sin modificar los candados que en el modelo económico puso el régimen masista en el texto de la Constitución”, afirmó.
Uno de los aspectos que identificó está relacionado con la jurisdicción a la que deben someterse las empresas extranjeras que pretendan invertir en Bolivia. Explicó que la actual Constitución establece que deben someterse a la jurisdicción boliviana y sostuvo que esto desincentiva la llegada de capitales.
A su criterio, mientras no se modifique esa disposición y se habiliten nuevamente instancias de conciliación internacionales, será difícil atraer determinadas inversiones extranjeras.
También señaló que existen disposiciones constitucionales relacionadas con el control estatal de las materias primas y los recursos naturales que, desde su perspectiva, generan dificultades para los inversionistas.
Borth vinculó además la reforma constitucional con la situación de los carburantes y afirmó que existen reglas rígidas en la Constitución que deben ser revisadas frente al déficit de combustibles que atraviesa el país.
En ese contexto, consideró que el proyecto de ley de inversión enviado anteriormente por el Ejecutivo resulta insuficiente frente a los obstáculos que, según su interpretación, están establecidos en la propia Constitución.
El exsenador sostuvo que, además de la discusión económica, la reforma tiene una dimensión institucional. Explicó que el artículo 411 establece las reglas para modificar la Constitución y que uno de los primeros debates será determinar qué disposiciones pueden ser reformadas mediante una ley de reforma parcial y cuáles, por su contenido, deberían ser tratadas mediante una Asamblea Constituyente.
“Ese va a ser el primer debate”, afirmó.
En cuanto al escenario político, Borth consideró que existirían los votos necesarios para alcanzar los dos tercios requeridos para una reforma parcial.
Mencionó que el PDC reúne alrededor de 60 parlamentarios, aunque reconoció que dentro de esa bancada existen hasta tres fracciones. También señaló que la coalición Libre cuenta con alrededor de 40 parlamentarios y que existen diferencias internas, aunque consideró que estas podrían reducirse en los temas económicos vinculados con la reforma.
Asimismo, mencionó a la coalición Unidad, dentro de la cual identificó diferencias entre Creemos, Unidad Sí, los grupos benianos y tarijeños, entre otros. Estimó que este bloque reúne alrededor de 40 parlamentarios.
Con esos sectores, Borth calculó que podría existir una base de entre 120 y 130 parlamentarios, por encima de los 111 o 112 votos que, según su estimación, serían necesarios para alcanzar los dos tercios.
También mencionó que a ese respaldo podrían sumarse otras fuerzas pequeñas, como APB Súmate, que tendría cuatro o cinco diputados.
Sin embargo, aclaró que la posibilidad de aprobar una reforma parcial dependerá de que los contenidos propuestos no entren en aquellas materias que, de acuerdo con el artículo 411 de la Constitución, deben ser tratadas mediante una Asamblea Constituyente.
Borth consideró además fundamental abrir espacios de diálogo con los sectores sociales y políticos que puedan tener objeciones a la reforma.
“La mayoría parlamentaria, que como acabamos de ver sobrepasa los dos tercios y viabiliza la reforma, debe tener el cuidado de abrir el diálogo con estos sectores y con todos otros”, sostuvo.
Afirmó que la Asamblea debe buscar el mayor nivel posible de concertación, pero consideró que la oposición de determinados sectores no debería paralizar el proceso.
Según explicó, una reforma parcial aprobada por la Asamblea Legislativa posteriormente debe ser sometida a referéndum constitucional, instancia en la que los ciudadanos podrán aprobarla o rechazarla.
En cuanto a los plazos, Borth planteó un escenario optimista. Señaló que, con un proceso rápido de concertación entre las principales bancadas y la sociedad civil, la ley de reforma podría aprobarse hacia mediados o fines de octubre.
Después de esa aprobación, estimó que serían necesarios al menos tres o cuatro meses para organizar el referéndum, debido principalmente a tareas como la actualización del padrón electoral, las inscripciones y los cambios de domicilio.
Con ese cálculo, consideró posible que el referéndum se realice entre fines de año y comienzos del próximo.
En un escenario pesimista, sin embargo, estimó que la concertación podría extenderse hasta un año, especialmente si se incluyen reformas polémicas o un número demasiado amplio de disposiciones constitucionales.
Por ello, Borth recomendó reducir al mínimo la cantidad de artículos que sean sometidos a modificación en esta primera etapa.
“Lo recomendable es que por este horizonte de tiempo sea la menor cantidad de disposiciones constitucionales, de artículos de la Constitución, la menor cantidad posible a ser reformada”, sostuvo.
El exsenador consideró que la prioridad debería estar en la parte económica, donde, según afirmó, existe un relativo mayor consenso, mientras que otros cambios podrían ser tratados en una segunda reforma parcial el próximo año.
“Deberían centrar su atención en la parte económica, que eso es lo prioritario, eso es lo fundamental, y dejar otros temas para un segundo momento de reforma parcial”, señaló.
No obstante, Borth identificó otro factor que podría complicar el proceso: la situación interna del Tribunal Constitucional Plurinacional.
Explicó que actualmente el Tribunal no cuenta con sus nueve magistrados en funciones y que solo existen cuatro, por lo que no se encuentra conformada la Sala Plena.
“Sabemos que en el Tribunal Constitucional no existe Sala Plena. De los nueve miembros apenas están cuatro”, afirmó.
Borth señaló que se debe determinar cómo se revisarán las preguntas del referéndum y posteriormente cómo se podrá viabilizar la consulta constitucional en estas condiciones.
“Si fuese así, Raúl, no tenemos Tribunal Constitucional e incluso el referéndum estaría trancado”, advirtió.
A su criterio, este problema debe ser analizado en paralelo con la reforma constitucional, debido a que quienes busquen impedir o dilatar los cambios podrían recurrir a estos vacíos institucionales.
“Quienes quieren impedir la reforma a la Constitución van a utilizar estos requisitos, estos elementos, para dilatar la toma de decisiones”, sostuvo.
Respecto a la posibilidad de cubrir las vacancias con magistrados suplentes, Borth consideró que esa alternativa no sería viable, debido a que los magistrados son elegidos por departamento y los suplentes corresponden a cada jurisdicción.
“La iniciativa de llenar los vacíos con suplentes es impracticable”, afirmó.
Por ello, sostuvo que el camino principal es concluir la elección de los cinco magistrados que faltan.
Como alternativa para evitar que la falta de Sala Plena paralice el proceso, planteó analizar si los cuatro magistrados actualmente en funciones podrían ser habilitados mediante una norma extraordinaria para revisar las preguntas del referéndum, mientras paralelamente se desarrolla el proceso de preselección de los nuevos magistrados.
Incluso mencionó como una posibilidad que la elección de los nuevos integrantes del Tribunal pueda realizarse el mismo día del referéndum, de manera que posteriormente se pueda contar con una Sala Plena para la etapa final del proceso.
Borth aclaró que estas son alternativas que requieren un análisis jurídico más detallado.
Finalmente, insistió en que la reforma debe avanzar con una cantidad limitada de cambios y con prioridad en el ámbito económico, para evitar que un proceso demasiado amplio retrase la respuesta a la crisis.
La Constitución establece que una reforma parcial puede ser iniciada por la Asamblea Legislativa mediante una ley aprobada por dos tercios de los miembros presentes y que, posteriormente, debe ser sometida a un referéndum constitucional aprobatorio.
