La Sala Plena del Tribunal Supremo Electoral determinó suspender con goce de haberes a la vocal Celedonia Cruz e iniciar un proceso disciplinario por una posible falta muy grave relacionada con su inasistencia a sesiones de Sala Plena, informó este martes el secretario de Cámara del Órgano Electoral, Fernando Arteaga. La vocal tendrá ocho días para presentar pruebas y ejercer su defensa.
“La Sala Plena del Tribunal Supremo Electoral ha conocido una denuncia sobre una posible falta muy grave disciplinaria cometida por la vocal Celedonia Cruz”, informó Arteaga al explicar la decisión adoptada por el máximo órgano electoral.
Según el secretario de Cámara, los elementos presentados ante la Sala Plena fueron considerados suficientes para disponer el inicio del procedimiento, conforme a lo establecido en las leyes 018 y 026.
El proceso tendrá una etapa probatoria de ocho días calendario, durante la cual tanto la parte denunciante como la vocal denunciada podrán presentar documentación y otros elementos que consideren pertinentes.
“Esto va a abarcar un periodo de ocho días calendario a partir de hoy, fecha en la que ha sido notificada la vocal con esta suspensión”, precisó Arteaga.
La autoridad aclaró que la suspensión fue dispuesta con goce de haberes, con el objetivo de preservar los derechos de Cruz mientras se desarrolla el procedimiento disciplinario.
La denuncia fue presentada por Peter Beckhauser, quien también será notificado con el auto de inicio del proceso y contará con ocho días para aportar mayores elementos de prueba.
De acuerdo con la explicación del TSE, la inasistencia a sesiones de Sala Plena puede constituir una falta muy grave si los hechos denunciados son comprobados. La Sala Plena tiene la facultad de iniciar este tipo de procedimientos tanto a denuncia como de oficio cuando existen indicios sobre posibles faltas graves o muy graves.
Una vez concluida la etapa probatoria, se desarrollará una audiencia pública. En esa instancia, la Sala Plena analizará las pruebas presentadas y determinará si corresponde continuar con la denuncia o disponer su rechazo y archivo.
La apertura del proceso no implica una sanción definitiva contra la vocal, ya que será la propia Sala Plena la que deberá valorar los elementos de prueba y adoptar una determinación al finalizar el procedimiento.
