La suspensión de actividades será obligatoria en los sectores público y privado, pero los servicios esenciales podrán operar bajo la normativa laboral vigente.
El Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social ratificó que el jueves 6 y viernes 7 de agosto de 2026 son feriados nacionales por los 201 años de la Independencia de Bolivia, con suspensión obligatoria de actividades laborales en los sectores público y privado en todo el país.
La cartera de Estado recordó que los feriados son de cumplimiento obligatorio, remunerados y no podrán ser compensados, trasladados ni sustituidos unilateralmente por empleadores públicos o privados.
Sin embargo, el comunicado establece que aquellas actividades consideradas esenciales, continuas, de emergencia o que por su naturaleza no puedan interrumpirse podrán continuar operando durante esas jornadas.
En esos casos, los trabajadores que sean convocados a cumplir funciones durante los feriados tendrán derecho al pago correspondiente con un recargo del 100%, es decir, recibirán una remuneración doble por la jornada trabajada, de acuerdo con lo establecido en la Ley General del Trabajo.
El Ministerio de Trabajo señaló además que las jefaturas departamentales y regionales realizarán controles, recibirán denuncias y aplicarán las acciones correspondientes ante el incumplimiento de esta disposición.
La medida fue emitida en el marco de la conmemoración del Ducentésimo Primer Aniversario de la Independencia de Bolivia.
