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Gobierno promulga cinco decretos que permiten la importación privada de combustibles y reducen aranceles

El Gobierno promulgó los decretos supremos 5641, 5643, 5644, 5646 y 5647, que incorporan cambios en sectores estratégicos como combustibles, comercio exterior, electricidad, minería y seguridad social. Entre las principales medidas destacan la autorización para que privados importen y comercialicen combustibles, la reducción temporal de aranceles de importación y la modificación del mecanismo de estabilización de las tarifas eléctricas.

El Gobierno aprobó un paquete de cinco decretos supremos destinados a introducir cambios en áreas económicas y sociales consideradas estratégicas. Las normas fueron promulgadas tras su aprobación en gabinete ministerial y publicadas en la Gaceta Oficial del Estado.

Una de las medidas de mayor impacto corresponde al Decreto Supremo 5644, que autoriza, de manera excepcional, a personas naturales, empresas privadas y entidades públicas a importar diésel, gasolina y otros derivados del petróleo con el objetivo de fortalecer el abastecimiento interno de combustibles.

La norma establece que los combustibles importados por privados podrán comercializarse a precios de mercado, mientras que YPFB continuará distribuyendo carburantes con precios estabilizados. Además, incorpora controles de calidad, requisitos de registro ante la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH), sanciones para quienes revendan combustible subvencionado o mezclen productos importados con combustibles de YPFB, y mantiene la exención del Impuesto Especial a los Hidrocarburos y sus Derivados (IEHD) para combustibles importados hasta diciembre de 2030.

Por otra parte, el Decreto Supremo 5646 reduce en cinco puntos porcentuales el Gravamen Arancelario para todas las mercancías contempladas en el Arancel Aduanero de Importaciones 2026. La reducción alcanza todas las escalas arancelarias, desde el 40% hasta el 35% y progresivamente hasta llevar el 5% al 0%.

Según el Gobierno, la medida busca disminuir los costos de importación frente al nuevo régimen cambiario y evitar mayores incrementos en los precios de los productos importados. La disposición estará vigente desde el 6 de julio de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2027.

En materia energética, el Decreto Supremo 5647 modifica el mecanismo de estabilización de las tarifas eléctricas al actualizar el Decreto Supremo 27302. Entre los principales cambios, eleva del 3% al 5% el límite máximo de variación mensual de las tarifas para consumidores regulados y crea los Fondos de Estabilización del Mercado Eléctrico Mayorista.

La norma también incorpora mecanismos excepcionales para ajustar las tarifas cuando existan variaciones en el precio del gas natural destinado a la generación eléctrica, cambios en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) o modificaciones en el tipo de cambio oficial.

En el sector minero, el Decreto Supremo 5641 deja sin efecto la reserva fiscal sobre el sector de Chuquihuta, ubicado en la provincia Rafael Bustillo del departamento de Potosí, permitiendo una nueva administración del área conforme a la normativa vigente.

Finalmente, el Decreto Supremo 5643 aprueba un nuevo Manual de Calificación de Invalidez y crea el Registro Nacional de Médicos Calificadores, cuyos profesionales serán responsables de evaluar y certificar el grado de invalidez de quienes soliciten acceder a una jubilación por esta condición.

Con este paquete normativo, el Gobierno implementa modificaciones orientadas a garantizar el abastecimiento de combustibles, reducir los costos de importación, actualizar el sistema tarifario eléctrico, reorganizar la administración de un área minera y fortalecer los criterios técnicos para la calificación de invalidez dentro del sistema de seguridad social.

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