La Paz, 11 de enero.- La justicia decidió suspender la audiencia de apelación a la detención preventiva del gobernador de Santa Cruz, Luis Fernando Camacho, porque la Procuraduría General del Estado no acreditó a su representante con un poder legal y las funciones administrativas de la vocal Rosmery Pabón habría concluido la semana pasada.
La mañana de este miércoles se instaló la audiencia de apelación a la detención preventiva de Camacho que se encuentra privado de libertad preventivamente desde el 30 de diciembre por el caso denominado “golpe de Estado I” que juzga el delito de terrorismo.
En la audiencia de apelación participaron el Ministerio de Gobierno, Ministerio Público, la Procuraduría General del Estado y la parte denunciante dentro de este proceso, la exasambleísta del MAS Lidia Patty.
Martín Camacho, abogado del gobernador de Santa Cruz, sostuvo que la audiencia fue suspendida porque se busca dilatar este caso para que no se deje en libertad a su cliente debido a que la denuncia adolece de varios defectos y los argumentos de la resolución son insostenibles.
El abogado del gobernador argumentó lo siguiente: “En realidad lo que creemos es que no se quiere llevar a cabo la audiencia, porque entienden los vocales que revocar la resolución del doctor Sergio Pacheco Diamantino, empezando por el hecho de que nunca prendió su cámara, no se conoce su identidad, esta prohíbo por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, los jueces sin rostros. Segundo, porque adolece de muchos defectos la resolución que es insostenible en un recurso de apelación. Creemos que los vocales lo que están buscando es no resolverla o pasarla a otro vocal porque van a tener que revocar toda la resolución y ordenar la libertad de Camacho”.
En la audiencia, también se observó la legalidad de la vocal Pabón, según la Procuraduría y la defensa de la denunciante Lidia Patty habría terminado sus funciones el pasado viernes. La aludida respondió que aún no fue notificada. En contraste, también se observó que el representante de la Procuraduría no presentó el poder legal que lo acredita como tal.
“No puede ser sustentada por este tribunal de alzada toda vez que no se adecúa a procedimiento la complementación y enmienda de una determinación que ha sido emitida por decreto, en ese entendido no da lugar a lo solicitado, al haber nada más que tratar, se suspende la presente audiencia”, dijo la vocal a la conclusión de la audiencia.